3000 OTROS COMPROMISOS DE ASEGURAMIENTO QUE NO
SON AUDITORIAS O REVISIONES DE INFORMACION FINANCIERA HISTORICA
(Vigente para los informes de aseguramiento fechados él, o después
del, 1 de enero del 2005)
CONTENIDO
Párrafos
Introducción ..............................................................................................................................................
1-3
Requerimientos Éticos ...............................................................................................................................
4-5
Control de Calidad ........................................................................................................................................6
Aceptación del Compromiso y Continuidad...............................................................................................
7-9
Acuerdo Sobre los Términos del Compromiso .....................................................................................
10-11
Planificación y Ejecución del Compromiso ............................................................................................
12-25
Utilizando el Trabajo de un Experto ......................................................................................................
26-32
Obtención de la Evidencia .....................................................................................................................
33-40
Considerando los Hechos Posteriores ......................................................................................................
41
Documentación ....................................................................................................................................
42-44
Preparación del Informe de Aseguramiento .........................................................................................
45-53
Otras Responsabilidades Sobre el Informe ..........................................................................................
54-56
Fecha Efectiva de Vigencia ........................................................................................................................
57
La Norma Internacional sobre Compromiso de Aseguramiento (NICA) 3000 Revisada, “Otros Compromisos de Aseguramiento que no son Auditorías o Revisiones de Información Financiera Histórica” deberá leerse en el contexto del “Prefacio a las Normas Internacionales sobre Control de Calidad, Auditoría, Revisión y Otros Compromisos de Aseguramiento y de Servicios Afines” el cual precisa la aplicación y autoridad de las NICAs.
Introducción
1. El objetivo de esta NICA es establecer los principios básicos, procedimientos
esenciales y proveer orientación necesaria a los contadores profesionales
en el ejercicio público (para propósito de esta NICA en adelante
“profesional en ejercicio”) para la ejecución de los compromisos
de aseguramiento que no sean auditorías o revisiones de información
financiera histórica cubiertas por las Normas Internacionales de Auditoría
(NIA) o las Normas Internacionales sobre Compromisos de Revisión (NICRs).
2. La NICA utiliza los términos de “compromiso de aseguramiento
razonable” y “compromiso de aseguramiento limitado” para hacer
la distinción entre los dos tipos de compromiso de aseguramiento que
se le permite ejecutar al profesional en ejercicio. El objetivo de un compromiso
de aseguramiento razonable es la reducción del riesgo a un nivel bajo
de aceptación en las circunstancias del compromiso2, como las bases de
una forma positiva de expresión de la conclusión del profesional
en ejercicio. El objetivo del compromiso de aseguramiento limitado es la reducción
del riesgo a un nivel aceptable, bajo las circunstancias del compromiso, pero
cuando ese riesgo sea mayor que el compromiso de aseguramiento razonable serán
las bases para una forma negativa de expresión de la conclusión
del profesional en ejercicio.
Relación con el Marco de Referencia, Otras NICAs, NIAs y NICRs
3. El profesional en ejercicio deberá cumplir con las NICA y otras NICAs cuando esté ejecutando compromisos de aseguramiento que no sean auditorías o revisiones de información financiera histórica cubiertas por las NIAs o NICRs. Esta NICA debe ser leída en el contexto del “Marco de referencia Internacional sobre Compromisos de Aseguramiento” (el Marco de referencia) que define y describe los elementos y objetivos de un compromiso de aseguramiento e identifica aquellos compromisos a los cuales se aplica las NICAs. Esta NICA ha sido escrita más para una aplicación general de compromisos de aseguramientos, que para auditorías o revisiones de información financiera histórica cubiertas por las NIAs o las NICRs. Otras NICAs podrán relacionarse a los argumentos que se aplican a todos los temas en cuestión o ser considerados como temas específicos en cuestión. A pesar que las NIAs y las NICR’s no se aplican a los compromisos cubiertos por las NICAs podrán sin embargo proveer una orientación a los profesionales en ejercicio.
Requerimientos Éticos
4. El profesional en ejercicio deberá cumplir con los requerimientos
de las Partes A y B del Código de Ética de los Contadores Profesionales
(El Código) de IFAC)
5. El Código provee el Marco de referencia de principios que los miembros
de los equipos de aseguramiento, empresas y red de empresas utilizan para identificar
las amenazas a su independencia3, evalúa la importancia de esas amenazas
y si las amenazas son insignificantes, identifica y aplica las salvaguardas
necesarias para eliminar las amenazas o reducirlas a un nivelaceptable, de manera
que no se vea comprometida la independencia de pensamiento ni la independencia
de aparición.
Control de Calidad
6. El profesional en ejercicio deberá implementar procedimientos de control
de calidad que sean aplicables a los compromisos individuales. Bajo
la Norma Internacional sobre Control de Calidad (NICC) 1, “ Control de
Calidad para Firmas que realizan Auditorías y Revisiones de Información
Financiera Histórica, y Otros Compromisos de Aseguramiento y Servicios
Afines,”4 una firma de contadores profesionales tiene la obligación
de establecer un sistema de control de calidad, diseñado para ofrecer
un aseguramiento razonable de que la firma y su personal cumpla con las normas
profesionales y los requerimientos reglamentarios y legales, y que los informes
de aseguramiento emitidos por la firma o los socios comprometidos son apropiados
bajo las circunstancias. Además, los elementos de control de calidad
que son relevantes para un compromiso individual incluyen las responsabilidades
de liderazgo sobre la calidad del compromiso, requerimientos éticos,
aceptación y continuidad de las relaciones del cliente, compromisos específicos,
asignación de los equipos de compromisos, compromisos de
desempeño y control.
Aceptación del Compromiso y Continuidad
7. El profesional en ejercicio deberá aceptar (o continuar) un compromiso
de aseguramiento solo si, el tema en cuestión es la responsabilidad de
una parte, en vez de los usuarios objetivos o los profesionales en ejercicio.
Tal como se indica en el párrafo 27 del Marco de referencia, la parte
responsable podría ser uno de los usuarios objetivo pero no el único.
El reconocimiento de la parte responsable proporciona evidencia que existe la
relación apropiada y también establece las bases para una comprensión
común de la responsabilidad de cada parte. Un reconocimiento por escrito
es la forma más apropiada de documentar la comprensión de la parte
responsable. En ausencia de un reconocimiento de responsabilidad, el profesional
en ejercicio considera:
(a) Si es apropiado aceptar el compromiso. La aceptación puede ser apropiada
cuando, por ejemplo, otras fuentes como la legislación o un contrato
establecen la responsabilidad; y
(b) Si el compromiso es aceptado, si se puede revelar estas circunstancias en
el informe de aseguramiento.
8. El profesional en ejercicio deberá aceptar (o continuar) un
compromiso de aseguramiento solo si, sobre las bases del conocimiento preliminar
de las circunstancias del compromiso, nada ha llamado su atención que
le indique que no serán cumplidos los requerimientos del Código
o de las NICAs. El profesional en ejercicio considera los asuntos en
el párrafo 17 del Marco de referencia y no deberá aceptar el compromiso
a menos que éste muestre todas las características requeridas
en dicho párrafo. Además, si la parte que contrata al profesional
en ejercicio (“la parte contratante”) no es la parte responsable,
el profesional en ejercicio considera el efecto de esto con relación
al acceso a los registros, la documentación y otra información
que el profesional en ejercicio pueda requerir para completar el compromiso.
9. El profesional en ejercicio deberá aceptar (o continuar) un
compromiso de aseguramiento solo si, el profesional en ejercicio se encuentra
satisfecho de que las personas que van a realizar el compromiso poseen de manera
colectiva la competencia profesional requerida. Al profesional en ejercicio
se le podrá solicitar que ejecute los compromisos de aseguramiento sobre
una amplia gama de temas en cuestión. Algún tema en cuestión
podrá requerir habilidades especializadas y un conocimiento que supere
aquel que se encuentra en posesión de un funcionario en ejercicio (ver
párrafos 26-32).
Acuerdo Sobre los Términos del Compromiso
10. El profesional en ejercicio podrá aceptar los términos del
compromiso con la parte contratante. Para evitar malos entendidos,
los términos aceptados serán registrados en una carta de compromiso
o cualesquier otra forma de contrato. Si la parte contratante no es la parte
responsable, se deberá variar la naturaleza y contenido de la carta de
compromiso o contrato. La existencia de un mandato legislativo podrá
satisfacer el requerimiento de acordar los términos del compromiso. Aún
en tales situaciones la carta de compromiso puede ser útil para ambos
tanto para el profesional en ejercicio como para la parte contratante.
11. Un profesional en ejercicio deberá considerar lo apropiado
de una solicitud, hecha por el cliente antes de completar el compromiso de aseguramiento,
de cambiar de un compromisode aseguramiento a un compromiso sin seguramiento,
o de un compromiso de aseguramiento razonable a un compromiso de aseguramiento
limitado, dichos cambios no deberán ser acordados sin justificación
razonable. Un cambio en las circunstancias que afecten los requerimientos
de los usuarios objetivos o una mala comprensión de la naturaleza del
compromiso, generalmente justificará la solicitud de un cambio en el
compromiso. Si tales cambios se efectúan, el profesional en ejercicio
no deja de considerar la evidencia que se obtuvo antes de dichos cambios.
Planificación y Ejecución del Compromiso
12. El profesional en ejercicio deberá planificar el compromiso de manera
que pueda ser realizada en forma efectiva. La planificación
involucra el desarrollo de una estrategia general para el alcance, énfasis,
oportunidad y conducción del compromiso, y un plan del compromiso conformado
por un enfoque detallado de la naturaleza, oportunidad y extensión de
los procedimientos de recolección de la evidencia que deben ser ejecutados
y las razones para seleccionarlos. Una planificación adecuada ayuda a
dedicar la tensión pertinente a las áreas importantes del compromiso,
identificar problemas potenciales en forma oportuna y organizar, y administrar
apropiadamente el compromiso con la finalidad de ejecutarlo de una manera efectiva
y eficiente. La planificación adecuada también ayuda al profesional
en ejercicio a asignar de manera apropiada el trabajo a los miembros del equipo
del compromiso y ha facilitar su dirección, supervisión y la revisión
de su trabajo. Además contribuye a la coordinación del trabajo
efectuado por otros profesionales en ejercicio y expertos. La naturaleza y extensión
de las actividades de aplicación variarán con las circunstancias
del compromiso, por ejemplo: el tamaño, la complejidad de la organización
y la experiencia previa que tenga el profesional en ejercicio. Los ejemplos
de los principales asuntos a ser considerados incluyen:
• Los términos del compromiso.
• Las características del tema en cuestión y los criterios
identificados.
• El proceso del compromiso y las posibles fuentes de evidencias.
• La comprensión del profesional en ejercicio de la organización
y su entorno, incluyendo los riesgos de que la información del tema en
cuestión pueda ser sustancialmente falsa.
• Identificación de los usuarios objetivos, sus necesidades, consideración
de la materialidad y los componentes del riesgo del compromiso de aseguramiento.
• Requerimientos de personal experimentado, incluyendo la naturaleza y
extensión en que estarán involucrados los expertos.
13. La planificación no es una fase discreta sino un proceso continuo
e interactivo a través de todo el compromiso. Como resultado de los eventos
inesperados, los cambios en las condiciones o la evidencia obtenida en los resultados
de los procedimientos de recopilación de evidencia, el profesional en
ejercicio podrá necesitar revisar la estrategia general y el plan del
compromiso y por lo tanto dará como resultado la planificación
de la naturaleza, el tiempo y la extensión de los
procedimientos en forma más detallada.
14. El profesional en ejercicio deberá planificar y ejecutar
un compromiso con una actitud profesional escéptica, reconociendo que
puedan existir circunstancias que la información del tema en cuestión
puedan ser significativamente falsa. Una actitud profesional escéptica
significa que el profesional en ejercicio efectúa una evaluación
crítica con mente cuestionadora sobre la validez de la evidencia obtenida
y se encuentra alerta a la evidencia que contradiga o traiga interrogantes sobre
la confiabilidad de los documentos o declaraciones de la parte responsable.
15. El profesional en ejercicio deberá obtener una compresión
del tema en cuestión y de otras circunstancias del compromiso, lo suficiente
como para identificar y evaluar los riesgos de que la información sobre
el tema en cuestión pueda ser significativamente falsa o disimulado,
con el fin de evitar realizar mayores procedimientos para recopilar evidencia.
16. El obtener una comprensión del tema en cuestión y de otras
circunstancias de compromisos, es una parte esencial de la planificación
y ejecución de un compromiso de aseguramiento. Dicha comprensión
le proporcionará al profesional en ejercicio, un marco de referencia
para ejercer su juicio profesional a través del compromiso, por ejemplo
cuando:
• Considera las características del tema en cuestión;
• Evalúa la pertinencia de los criterios;
• Identifica las consideraciones especiales que puedan ser necesarias,
por ejemplo, los factores que indiquen fraude y la necesidad de habilidades
especializadas o del trabajo de un experto;
• Establece y evalúa la pertinencia continua de los niveles de
materialidad cuantitativa (cuando sea apropiada) y considera los factores de
materialidad cualitativa;
• Desarrolla el uso de expectativas al realizar procedimientos analíticos;
• Diseña y ejecuta procedimientos más detallados para recopilar
evidencias, con la finalidad de reducir el riesgo de compromisos de aseguramiento
a un nivel apropiado; y
• Evalúa la evidencia, incluyendo lo razonable de las declaraciones
orales y escritas de la parte responsable.
17. El profesional en ejercicio utiliza el juicio profesional para determinar
la extensión de la comprensión requerida en el tema en cuestión
y de otras circunstancias relativas a los compromisos. El profesional en ejercicio
considera si la comprensión es suficiente para evaluar los riesgos de
que la información del tema en cuestión pueda ser mal interpretada
significativamente.
Generalmente, el profesional en ejercicio, tiene una comprensión menos
profunda que la parte responsable.
Evaluando la Pertinencia del Tema en Cuestión
18. El profesional en ejercicio deberá evaluar la pertinencia del tema en cuestión. Un tema en cuestión apropiado tiene las características enumeradas en el párrafo 33 del Marco de referencia. El profesional en ejercicio también identifica aquellas características del tema en cuestión que son particularmente relevantes para los usuarios objetivos y que deberán ser descritos en el informe de aseguramiento. Como se indica en el párrafo 17 del Marco de referencia, un profesional en ejercicio no acepta un compromiso de aseguramiento a menos que su conocimiento preliminar sobre las circunstancias del compromiso indique que el tema en cuestión es apropiado. Después de aceptar el compromiso, si el profesional en ejercicio concluye que el tema en cuestión no es apropiado, expresará una conclusión positiva, adversa o una abstención de conclusión. En algunos casos, el profesional en ejercicio considerará su retiro del compromiso.
Evaluando la Pertinencia de los Criterios
19. El profesional en ejercicio deberá evaluar la pertinencia de los
criterios para evaluar o medir el tema en cuestión. Los criterios
apropiados tienen las características enumeradas en el párrafo
36 del Marco de referencia. Como se indica en el párrafo 17 del Marco
de referencia, un profesional en ejercicio no acepta un compromiso de aseguramiento
a menos que el conocimiento preliminar del profesional en ejercicio sobre las
circunstancias del compromiso, indique que los criterios a ser utilizados son
pertinentes. Después de aceptar un compromiso, si el profesional en ejercicio
concluye que los criterios no son pertinentes podrá expresar una conclusión
con salvedad, adversa o una abstención de conclusión. En algunos
casos el profesional en ejercicio considera su retiro del compromiso.
20. El párrafo 37 del Marco de referencia, indica que los criterios pueden
ser establecidos o desarrollados específicamente. Por lo general, los
criterios establecidos son pertinentes, cuando son relevantes a las necesidades
de los usuarios objetivos. Cuando existen criterios establecidos para un tema
en cuestión, los usuarios específicos podrán acordar cualesquier
otro criterio para sus propósitos específicos. Por ejemplo, varios
Marco de referencia pueden utilizarse como criterios establecidos para evaluar
la efectividad del control interno. Los usuarios específicospodrán
sin embargo, usar un conjunto de criterios más detallados que cubran
las necesidades específicas con relación a una supervisión
prudente. En dichos casos el informe de aseguramiento
deberá:
(a) Poner notas, cuando sean relevantes en las circunstancias del compromiso,
que los criterios no se encuentran incluidos en las leyes o regulaciones, o
sean emitidos por entes autorizados por entes expertos autorizados que sigan
procesos transparentes; y
(b) Mencionar que solo puede ser utilizado por usuarios y para propósitos
específicos.
21. Para algunos temas en cuestión es probable que no existan criterios
establecidos. En aquellos casos se desarrollan específicamente los criterios.
El profesional en ejercicio considera si los criterios desarrollados específicamente
resultan en un informe de aseguramiento que puede ser engañoso para los
usuarios objetivos. El profesional en ejercicio intenta tener a los usuarios
objetivos o reconocer a la parte contratante que específicamente desarrolló
los criterios que sean pertinentes para los propósitos de los usuarios
objetivos. El profesional en ejercicio considera como la ausencia de dicho reconocimiento,
afecta lo que deberá hacerse para evaluar la pertinencia de los criterios
identificados y la información proporcionada sobre los criterios en un
informe de aseguramiento.
Grado de Importancia y Riesgos del Compromiso de Aseguramiento.
22. El profesional en ejercicio deberá considerar el grado de importancia
y el riesgo del compromiso de aseguramiento, al planificar y realizar un compromiso
de aseguramiento.
23. El profesional en ejercicio considera el grado de importancia cuando
determina la naturaleza, oportunidad y la extensión de los procedimientos
para recopilar la evidencia y cuando evalúa si la información
del tema en cuestión no tiene errores que resulten engañosos;
considerando que la materialidad requiere que el profesional en ejercicio entienda
y evalúe los factores que puedan influir en las decisiones de los usuarios
objetivos. Por ejemplo, cuando los criterios identificados permitan variaciones
en la presentación de la información del tema en cuestión,
el profesional en ejercicio considera como la presentación adoptada pueda
influir en las decisiones de los usuarios objetivos. El grado de importancia
se considera en el contexto de los factores cuantitativos y cualitativos, tales
como la relativa magnitud, la naturaleza y extensión del efecto de estos
factores en la evaluación o medición del tema en cuestión
y los intereses de los usuarios objetivos. La evaluación de la materialidad
y la relativa importancia de los factores cuantitativos y cualitativos en un
compromiso en particular, son temas para el juicio del profesional en ejercicio.
24. El profesional en ejercicio, deberá reducir el riesgo del
compromiso de aseguramiento a un nivel aceptablemente bajo, considerando las
circunstancias del compromiso. En un compromiso de aseguramiento razonable,
el profesional en ejercicio reduce el riesgo del compromiso de aseguramiento
a un nivel aceptablemente bajo de acuerdo en las circunstancias del compromiso,
para obtener un aseguramiento razonable como base para una expresión
positiva de la conclusión del profesional en ejercicio. El nivel del
riesgo del compromiso de aseguramiento es más alto en un compromiso de
aseguramiento limitado, en comparación con un compromiso de aseguramiento
razonable debido a la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos
de recopilación de evidencia que es diferente. Sin embargo, en un compromiso
de aseguramiento limitado, la combinación de la naturaleza, oportunidad
y extensión de los procedimientos de recopilación de evidencia,
es por lo menos suficiente para que el profesional en ejercicio pueda obtener
un nivel significativo del aseguramiento como base para una expresión
de forma negativa. Para que sea significativo el nivel de aseguramiento obtenido
y aparentemente realce la confianza de los usuarios objetivos sobre la información
del tema en cuestión, a un grado tal, que sea mucho más claro
que la inconsecuencia.
25. El párrafo 49 del Marco de referencia, indica que en general el riesgo
del compromiso de aseguramiento comprende un riesgo inherente, un riesgo de
control y un riesgo de detección. El grado en el cual, el profesional
en ejercicio considera cada uno de estos componentes se verá afectado
por las circunstancias del compromiso, particularmente por la naturaleza del
tema en cuestión, y si un aseguramiento razonable o un compromiso de
aseguramiento limitado sé está ejecutando.
Utilizando el Trabajo de un Experto
26. Cuando se utiliza el trabajo de un experto en la recopilación y evaluación de evidencia, el profesional en ejercicio y el experto deberán poseer habilidad y conocimiento adecuado con respecto al tema en cuestión, y los criterios del profesional en ejercicio determinará que se ha obtenido suficiente evidencia pertinente.
27. El tema en cuestión y los criterios afines de algunos compromisos
de aseguramiento podrán incluir aspectos que requieran conocimiento especializado,
habilidades en la recopilación y evaluación de la evidencia. En
estas situaciones el profesional en ejercicio, podrá decidir el uso de
trabajo de personas de otras disciplinas profesionales, referidos como expertos,
que tienen el requerido conocimiento y habilidades. Está NICA no proporciona
orientación con respecto al uso del trabajo de un experto en compromisos
donde exista responsabilidad conjunta e informes del profesional en ejercicio
y de uno o más expertos.
28. El debido cuidado es el requerimiento de calidad profesional para todas
las personas incluyendo los expertos involucrados en el compromiso de aseguramiento.
Las personas involucradas en el compromiso de aseguramiento, tendrán
diferentes responsabilidades que les han sido asignadas. La extensión
de la competencia requerida para la ejecución de estos compromisos variará
con la naturaleza de sus responsabilidades. Mientras que los expertos no requieren
de la misma competencia como la de los profesionales en ejercicio para ejecutar
todos los aspectos de un compromiso de aseguramiento, el profesional en ejercicio
determina que los expertos tienen suficiente comprensión de la NICA que
les permita relacionar el trabajo asignado con el objetivo del compromiso.
29. El profesional en ejercicio adopta los procedimientos de control de calidad
que se orientan hacia la responsabilidad de cada persona que ejecuta el compromiso
de aseguramiento, incluyendo el trabajo de los expertos que no son contadores
profesionales, para asegurar el cumplimiento con está NICA y otras NICAs
relevantes en el contexto de sus responsabilidades.
30. El profesional en ejercicio, deberá estar involucrado con el compromiso y entender si se necesita un experto, hasta el punto que sea suficiente para permitir al profesional en ejercicio aceptar la responsabilidad para la conclusión de la información del tema en cuestión. El profesional en ejercicio, considera la extensión por la cual es razonable utilizar el trabajo del experto para formar su conclusión.
31. No se espera que el profesional en ejercicio posea el mismo conocimiento
especializado y las habilidades de un experto. Sin embargo, el profesional en
ejercicio tiene suficiente habilidad y conocimiento para:
(a) Definir los objetivos del trabajo asignado y como este trabajo se relaciona
al objetivo del compromiso;
(b) Considerar lo razonable de las suposiciones, métodos y fuente de
datos utilizados por el experto; y
(c) Considerar la razonabilidad de los hallazgos del experto con relación
en las circunstancias del compromiso para documentar la conclusión del
profesional en ejercicio.
32. El profesional en ejercicio deberá obtener suficiente evidencia
pertinente de que el trabajo
del experto es adecuado para los fines del compromiso de aseguramiento.
Al evaluar la
suficiencia y propiedad de la evidencia proporcionada por el experto, el profesional
en ejercicio
evaluará:
(a) La competencia profesional incluyendo la experiencia y objetividad del experto;
(b) Lo razonable de las suposiciones, métodos y fuente de datos utilizado
por el experto; y
(c) Lo razonable y la importancia de los hallazgos de los expertos con relación
en las circunstancias del compromiso y la conclusión del profesional
en ejercicio.
Obtención de la Evidencia
33. El profesional en ejercicio deberá obtener suficiente evidencia apropiada sobre la cual basará su conclusión. La suficiencia es la medida para la cantidad de evidencia. Lo apropiado es la medida de la calidad de la evidencia es decir, su importancia y su confiabilidad. El profesional en ejercicio considerará la relación entre el costo de obtener la evidencia y la utilidad de la información obtenida. Sin embargo, el tema de dificultad o gasto involucrado no es en sí una base válida para omitir el procedimiento de recopilación de la evidencia para lo cual no existe alternativa. El profesional en ejercicio utiliza su juicio profesional y ejerce el escepticismo profesional para evaluar la cantidad, calidad de evidencia y de esa manera la suficiencia y propiedad para apoyar el informe de aseguramiento.
34. Un compromiso de aseguramiento raras veces involucra la autenticación
de documentos, ni tampoco el profesional en ejercicio recibe capacitación
o se espera que sea un experto en la mencionada autenticación. Sin embargo
el profesional en ejercicio considera la confiabilidad de la información
para ser utilizada como evidencia, por ejemplo: fotocopias, faxes, película,
documentos digitados o electrónicos incluyendo consideraciones de control
en la preparación y mantenimiento donde sea relevante.
35. Suficiente evidencia apropiada en un compromiso de aseguramiento razonable,
se obtiene como parte de un proceso de compromiso sistemático interactivo,
que involucra:
(a) Obtener la comprensión del tema en cuestión y de otras circunstancias
del compromiso, que dependiendo del tema en cuestión incluye obtener
la comprensión del control interno.
(b) Con base en dicha comprensión evaluar los riesgos que la información
del tema en cuestión puedan ser significativamente engañoso;
(c) Responder a los riesgos evaluados, incluyendo el desarrollo de respuestas
totales y determinado la naturaleza, oportunidad y extensión de procedimientos
adicionales;
(d) Llevar a cabo procedimientos claramente enlazados a los riesgos identificados
utilizando una combinación de inspección, observación,
confirmación, volver a calcular, volver a ejecutar, procedimientos analíticos
y de indagación. Tales procedimientos adicionales, involucran procedimientos
sustantivos que incluyen obtener información confirmada de las fuentes
independientes de la identificación y que depende de la naturaleza del
tema en cuestión, pruebas de control de efectividad de la operación;
y
(e) Evaluación de la suficiencia y pertinencia de la evidencia.
36. “Aseguramiento razonable” es menor que aseguramiento absoluto.
La reducción del riesgo del compromiso de aseguramiento a cero, ocurre
muy raras veces o que el costo ha sido beneficioso, ello ocurre como resultado
de factores que se aplican de la siguiente manera:
• El uso de pruebas selectivas.
• Limitaciones inherentes del control interno.
• El hecho de que mucha de la evidencia disponible para el profesional
en ejercicio es más persuasiva que conclusiva.
• El uso de buen criterio para recoger, evaluar la evidencia y formar
conclusiones basadas en dicha evidencia.
• En algunos casos las características del tema en cuestión.
37. Tanto los compromisos de aseguramiento razonable y aseguramiento limitado
requieren de la aplicación de habilidades, técnicas de aseguramiento
y la recolección de suficiente evidencia apropiada como parte de un proceso
de compromiso repetitivo y sistemático que incluye la obtención
de una comprensión del tema en cuestión y otras circunstancias
del ompromiso. La naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos
para recolectar suficiente evidencia apropiada para un compromiso de aseguramiento
limitado es sin embargo deliberadamente limitado con relación al compromiso
de aseguramiento razonable. Para algunos temas en cuestión, puede haber
NICAs específicas que pueden proporcionar orientación de los procedimientos
para recoger suficiente evidencia apropiada para un compromiso de aseguramiento
limitado. En la ausencia de una NICA específica los procedimientos para
recoger suficiente evidencia apropiada variara con las circunstancias del compromiso
en particular: el tema en cuestión y las necesidades de los usuarios
objetivos y de la parte contratante, incluyendo el tiempo relevante y las limitaciones
de costo. Tanto para los compromisos de aseguramiento razonable y aseguramiento
limitado si el profesional en ejercicio es consciente del tema que lleva al
profesional en ejercicio a la cuestión si la modificación material
deberá efectuarse a la información del tema en cuestión,
el profesional en ejercicio sigue el asunto ejecutando otros procedimientos
que son suficientes para que el profesional en ejercicio emita su informe.
Aseveraciones o Declaraciones de la Parte Responsable
38. El profesional en ejercicio deberá obtener las declaraciones de la
parte responsable según corresponda. La confirmación
por escrito de una declaración oral reduce la posibilidad de malos entendidos
entre el profesional en ejercicio y la parte responsable. En particular el profesional
en ejercicio, solicita a la parte responsable una declaración por escrito
que evalúe o mida el tema en cuestión contra los criterios identificados
ya sea que se quiera o no, dejarlo disponible como una aseveración a
los usuarios objetivo. El no tener una representación por escrito puede
resultar en una conclusión con salvedad o en una abstención de
conclusión basándose en la limitación del alcance del compromiso.
El profesional en ejercicio podrá también incluir una restricción
en el uso del informe de aseguramiento.
39. Durante el compromiso de aseguramiento, la parte responsable podrá
efectuar las declaraciones al profesional en ejercicio ya sea sin ser requerido
o en respuesta a preguntas específicas. Cuando dicha representación
se relaciona a los asuntos que son materia de la evaluación de los temas
en cuestión o mediciones el profesional en ejercicio deberá:
(a) Evaluar la consistencia y lo razonable que sea las evidencias obtenidas
incluyendo otras declaraciones;
(b) Considerar si aquellos que hacen las declaraciones puedan esperarse que
estén bien informados sobre temas particulares; y
(c) Obtener evidencia que corrobora en el caso de compromisos de aseguramiento
razonable. El profesional en ejercicio también podrá buscar evidencia
que corrobore en el caso de un compromiso de aseguramiento limitado.
40. Las declaraciones de la parte responsable no pueden reemplazar otra evidencia
que el profesional en ejercicio pueda esperar razonablemente que se encuentre
disponible. La incapacidad de obtener suficiente evidencia apropiada con respecto
al tema que tiene o pueda tener un efecto material en la evaluación o
medición del tema en cuestión, cuando dicha evidencia podría
por lo general estar disponible, constituye una limitación en el alcance
del compromiso aún si la representación de la parte responsable
haya sido recibida sobre el tema.
Considerando los Hechos Posteriores
41. El profesional en ejercicio deberá considerar el efecto en la información
del tema en cuestión, en el informe de aseguramiento y los eventos que
ocurran hasta la fecha del informe de aseguramiento. La extensión
de la consideración de los eventos subsecuentes depende del potencial
de dichos eventos de afectar la información del tema en cuestión
y de afectar lo apropiado de la conclusión del profesional en ejercicio.
La consideración de los eventos subsecuentes en algún compromiso
de aseguramiento podrá no ser relevante debido a la naturaleza del tema
en cuestión. Cuando el compromiso requiere una conclusión sobre
la exactitud de un reporte estadístico en un punto en el tiempo, es decir,
eventos que se presenten entre ese punto y la fecha del informe de aseguramiento
pueden no afectan la conclusión o requieren ser revelados en el reporte
estadístico o en el informe de aseguramiento.
Documentación
42. El profesional en ejercicio deberá documentar los temas que son importantes
en la recolección de evidencias que apoyen al informe de aseguramiento
y de que el compromiso fue ejecutado de acuerdo con las NICAs.
43. La documentación incluye un registro del razonamiento del profesional en ejercicio en todos los temas de importancia que requiere el ejercicio de buen criterio y sus conclusiones afines. La existencia de preguntas difíciles sobre principios o juicios hace necesaria la presentación de documentación que incluya factores relevantes que fueron de conocimiento del profesional en ejercicio en el momento que se alcanzó la conclusión.
44. No es necesario ni práctico documentar cada tema que el profesional
en ejercicio considere. Al aplicar el discernimiento profesional para evaluar
la extensión de la documentación a ser preparada y retenida, el
profesional en ejercicio, podrá considerar que es necesario proporcionar
una comprensión del trabajo ejecutado y las bases de las principales
decisiones tomadas (pero no los aspectos detallados del compromiso) a otro profesional
en ejercicio que no tenga experiencia previa con el compromiso. Otro profesional
en ejercicio solo pueda ser capaz de obtener una comprensión de los aspectos
detallados del compromiso, al discutirlos con el profesional en ejercicio que
prepara la documentación.
Preparación del Informe de Aseguramiento
45. El profesional en ejercicio deberá concluir si se ha obtenido suficiente
evidencia pertinente para apoyar la conclusión expresada en el informe
de aseguramiento. Al desarrollar la conclusión, el profesional
en ejercicio considera toda la evidencia relevante obtenida, sin tomar en cuenta
si está corrobora o contradice la información del tema en cuestión.
46. El informe de aseguramiento deberá ser por escrito y deberá
contener una expresión clara de la conclusión del profesional
en ejercicio sobre la información del tema en cuestión.
47. La expresión en forma oral o cualesquier otra forma de expresar las
conclusiones puede ser mal entendida sin el apoyo de un informe escrito. Por
está razón, el profesional en ejercicio, no hace el informe de
manera oral o utilizando símbolos sin proporcionar el informe definitivo
de aseguramiento por escrito, que está disponible cada vez que se proporciona
el informe oral o se utiliza símbolos. Por ejemplo, un símbolo
puede tener un hipervínculo a un informe de aseguramiento por escrito
en el Internet.
48. NICAs no requieren un formato estandarizado para informar sobre todos los
compromisos de aseguramiento. En lugar de eso, identifica en el párrafo
49 los elementos básicos que el informe de aseguramiento deberá
incluir. Los informes de aseguramiento están adaptados en las circunstancias
específicas del compromiso. El profesional en ejercicio, escoge “la
forma larga” o “la forma corta” para informar con la finalidad
de facilitar una comunicación efectiva a los usuarios objetivos. Los
informes, en “la forma corta”, generalmente incluyen solo los elementos
básicos. “Los informes de forma larga” a menudo describen
en detalle: los términos del compromiso, los criterios utilizados, los
hallazgos que se refieren a aspectos particulares del compromiso y en algunos
casos, recomendaciones así como los elementos básicos. Cualesquier
hallazgo y recomendación se encuentran separados claramente de la conclusión
del profesional en ejercicio. Sobre la información del asunto en cuestión
y las palabras utilizadas para presentarlos se deja claramente establecido que
no tienen la intención de afectar la conclusión del profesional
en ejercicio. Este podrá utilizar los encabezados, los números
de párrafos, dispositivos tipo gráficos, por ejemplo, el texto
en negrita y otros mecanismos para resaltar la claridad y la lectura fácil
del informe de aseguramiento.
Contenido del Informe de Aseguramiento
49. El informe de aseguramiento deberá incluir los siguientes elementos
básicos:
(a) Un título que indique claramente, que el informe es un informe de
aseguramiento independiente5: Un título apropiado ayudará
a identificar la naturaleza del informe de aseguramiento y a distinguirlo de
los informes emitidos por otros, tales como aquellos que no tienen que ceñirse
a los mismos requerimientos éticos como los del profesional en ejercicio.
(b) Un remitente: El remitente identifica la parte o partes,
a quienes va dirigido el informe de aseguramiento. Cada vez que sea práctico
el informe de aseguramiento, deberá estar dirigido a todos los usuarios
objetivos, pero en algunos casos podrá tener otros usuarios objetivos.
(c) Una identificación y descripción de la información
del tema en cuestión y cuando es apropiado el mismo: Esto incluye
por ejemplo:
• El punto en el tiempo o el periodo de tiempo al cual se relaciona la
evaluación o medición del tema en cuestión;
• Cuando es aplicable el nombre de la organización o componente
de la organización al que se relaciona el tema en cuestión; y
• Una explicación de aquellas características del tema en
cuestión o de la información del tema en cuestión a la
cual los usuarios objetivos deberán estar al tanto y como estas características
pueden influir la precisión de la evaluación o medición
del tema en
cuestión, frente a los criterios identificados o la persuasión
de la evidencia disponible, por ejemplo:
o El grado en el cual la información del tema en cuestión, es
cualitativa versus cuantitativa, objetiva versus subjetiva o histórica
versus prospectiva.
o Los cambios en el tema en cuestión u otras circunstancias del compromiso
afecten la comparabilidad de la información del tema en cuestión,
de un periodo con el siguiente.
Cuando la conclusión del profesional en ejercicio está redactada
en términos de la aseveración de la parte responsable, esa aseveración
deberá anexarse al informe de aseguramiento, reproducirla en el informe
aseguramiento o hacer referencia en el mismo a la fuente que está disponible
para los usuarios objetivos.
(d) Identificación de los criterios de evaluación:
El informe de aseguramiento, identifica los criterios contra los cuales el tema
en cuestión fue evaluado o medido de manera que los usuarios objetivos
pueden entender la base de la conclusión del profesional en ejercicio.
El informe de aseguramiento puede incluir los criterios o referirse a ellos
si es que contienen una aseveración preparada por la parte responsable
y que se encuentra disponible a los usuarios objetivos o que de otra forma se
encuentren disponibles desde una fuente accesible. El profesional en ejercicio
considera si es relevante en las circunstancias revelar:
• La fuente de criterios, ya sea que estos criterios estén o no
comprendidos en las leyes, regulaciones o emitidos por un grupo de expertos
autorizados o reconocidos, los cuales sigan el debido proceso de manera transparente,
es decir, si se establecen los criterios en el contexto del asunto en cuestión
(y sí son o no una descripción del porque se consideran apropiados);
• Los métodos de medición utilizados, cuando los criterios
permitan una elección entre una serie de métodos;
• Toda interpretación significante, hecha en aplicación
de los criterios y de acuerdo en las circunstancias del compromiso; y
• Si han habido cambios en los métodos de medición utilizados.
(e) Cuando sea apropiada la descripción de cualesquier limitación
importante, limitación inherente asociada con la evaluación o
medición del tema en cuestión en contra de los criterios:
Mientras que en algunos casos se pueden esperar que los lectores puedan entender
las limitaciones inherentes de un informe de aseguramiento, en otros casos,
sería apropiado hacer una referencia explícita en el informe de
aseguramiento. Por ejemplo, en un informe de aseguramiento, relacionado a la
efectividad del control interno, notar que la efectividad de la evaluación
histórica no es relevante con los periodos futuros, debido al riesgo
que el control interno pueda tornarse inadecuado, los cambios en las condiciones
o que el grado de cumplimiento con las políticas o procedimientos pueda
deteriorarse.
(f) Cuando los criterios utilizados para evaluar o medir el tema en
cuestión se encuentra disponible sólo para los usuarios objetivos
específicos o son relevantes sólo para la finalidad específica,
deberán emitirse una declaración de restricción sobre uso
delinforme de aseguramiento para aquellos usuarios objetivos o para determinado
propósito: Además, cada vez que el informe de aseguramiento
tiene la intención de estar considerado sólo para los usuarios
objetivos específicos o para una finalidad específica, el profesional
en ejercicio, considera que se deberá mencionar este hecho en el informe
de aseguramiento5. Esto proporciona una advertencia a los lectores de que el
informe de aseguramiento está limitado a usuarios específicos
o para propósitos específicos.
(g) Una declaración para identificar la parte responsable, describir
a la parte responsable y las responsabilidades del profesional en ejercicio:
Este informa sobre los usuarios objetivos sobre la cual, la parte responsable
se compromete por el tema en cuestión en el caso de un informe de compromiso
directo o la información del tema en cuestión en el caso de un
compromiso6 y el papel del profesional en ejercicio es el de expresar de manera
independiente una conclusión sobre la información del asunto en
cuestión.
(h) Una declaración de que el compromiso ha sido ejecutado de
acuerdo con las NICAs: Donde exista un tema en cuestión con
alguna NICA específica, está NICA podrá requerir que el
informe de aseguramiento se refiera específicamente a ellas.
(i) Un resumen del trabajo ejecutado: El resumen ayudará
a que los usuarios objetivos entiendan la naturaleza del aseguramiento, el cual
se desprende del informe de aseguramiento. NIA 700, “el informe del auditor
sobre estados financieros” y la NICR 2400, “Compromisos para Revisión
de Estados Financieros” proporcionan una orientación sobre el tipo
apropiado de resumen. Donde la NICA no proporcione una orientación sobre
los procedimientos para recoger evidencia para un determinado tema en cuestión,
el resumen podría resumir una descripción mas detallada del trabajo
ejecutado.
Debido a que en un compromiso de aseguramiento limitado, es una apreciación
de la naturaleza, tiempo y extensión de los procedimientos para recoger
evidencia de los procedimientos ejecutados. Está evidencia es de vital
importancia para entender el aseguramiento que se desprende de una conclusión
expresada de manera negativa; el resumen del trabajo ejecutado:
-(i) Por lo general es más detallado que el compromiso de aseguramiento
razonable e identifica las limitaciones sobre la naturaleza, tiempo y extensión
de los procedimientos para recoger evidencia. Puede ser apropiado indicar los
procedimientos que no fueron ejecutados y que por lo general podrían
ser ejecutados en un compromiso de aseguramiento razonable; y
-(ii) Afirma que los procedimientos para colectar evidencia están más
limitados por un compromiso de aseguramiento razonable y por lo tanto hay menos
aseguramiento que en un compromiso de aseguramiento razonable.
(j) La conclusión del profesional en ejercicio: Donde
la información del tema en cuestión está conformada por
una serie de aspectos que podrán proporcionar conclusiones separadas
para cada aspecto. Mientras que no todas las conclusiones necesitan estar relacionadas
al mismo nivel de procedimientos de recopilación de evidencia, cada conclusión
se expresa en la forma que sea apropiada para un aseguramiento razonable o un
compromiso de aseguramiento limitado. Cuando sea apropiada la conclusión,
deberá informar a los usuarios objetivos, del contexto en el cual la
conclusión del profesional en ejercicio deberá ser leída:
La conclusión de profesional en ejercicio puede por ejemplo, incluir
una redacción como está: “la conclusión se ha llevado
a cabo sobre las bases de… y está sujeta a las limitaciones inherentes
descritas en este informe de aseguramiento independiente.” Esto seria
apropiado,
por ejemplo, cuando el informe incluye una explicación de las características
particulares del tema en cuestión sobre el cual los usuarios objetivos
deberán estar al tanto. En un compromiso de aseguramiento razonable,
la conclusión deberá estar expresada en forma positiva: por ejemplo:
“En nuestra opinión el control interno es efectivo en todos los
aspectos materiales basados en los criterios X, Y y Z” o “en nuestra
opinión, la aseveración de la parte responsable de que el control
interno es efectivo en todos los aspectos materiales, está basado en
los criterios materiales X, Y y Z y se establecen de manera justa.”
En un compromiso de aseguramiento limitado, la conclusión deberá
estar expresada de manera negativa: por ejemplo: “Basados en nuestro trabajo,
descritos en este informe, nada ha llamado nuestra atención que pueda
llevarnos a entender que el control interno no es efectivo en todos los aspectos
materiales basados en los criterios X, Y y Z” o “Basado en nuestro
trabajo descrito en nuestro informe, nada ha llamado nuestra atención
que nos haga creer que la aseveración de la parte responsable sobre el
control interno es efectiva en todos los aspectos materiales basados en los
criterios X, Y y Z y estos no ha sido enunciada de
manera justa.”
Cuando el profesional en ejercicio expresa una conclusión que
es diferente de una, que no es sin salvedad, el informe de aseguramiento deberá
contener una descripción clara de todas las razones: (ver también
párrafo 51 y 53).
(k) La fecha del informe de aseguramiento: este informa a los
usuarios objetivos que el profesional en ejercicio ha considerado el efecto
en la información del asunto en cuestión y el informe de aseguramiento
de eventos que han ocurrido hasta la fecha.
(l) El nombre de la firma o del profesional en ejercicio, la ubicación
específica que por lo general es en la ciudad donde el profesional en
ejercicio mantiene la oficina que tiene responsabilidad sobre el compromiso:
Este informa a los usuarios objetivos de la persona o empresa que asume la responsabilidad
por el compromiso.
50. El profesional en ejercicio podrá extender su informe de aseguramiento
para incluir otra información y explicaciones que no tienen la intención
de afectar la conclusión. Los ejemplos incluyen: detalles de las calificaciones,
experiencia de profesional en ejercicio y otros involucrados en el compromiso,
revelación de los niveles del grado de importancia, hallazgos relacionados
a aspectos particulares del compromiso y las recomendaciones. El hecho de incluir
cualesquiera de está información, depende de su importancia con
respecto a las necesidades de los usuarios objetivos. Se espera información
adicional como parte de la conclusión del profesional en ejercicio y
se redacta dé manera que no afecte dicha conclusión.
Conclusiones con Salvedad, Conclusiones Adversas y Abstención
de Conclusión
51. El profesional en ejercicio no deberá expresar una conclusión
sin salvedad cuando existan las siguientes circunstancias y a su buen criterio,
el efecto del asunto es o puede ser
significativo:
(a) Hay una limitación en el alcance del profesional en ejercicio, que
es las circunstancias, la parte responsable o la parte comprometida que evitan
que el profesional en ejercicio obtenga la evidencia requerida para reducir
el riesgo del compromiso de aseguramiento en el nivel apropiado. El profesional
en ejercicio deberá expresar una conclusión con salvedad o una
abstención de conclusión;
(b) En aquellos casos donde:
- (i) La conclusión del profesional en ejercicio se redacta en términos
de la aseveración de la parte responsable y que la aseveración
no ha sido emitida de manera justa en todos los aspectos significativos; o
- (ii) La conclusión del profesional en ejercicio está redactada
directamente en términos del tema en cuestión. Si los criterios
y la información del tema en cuestión han sido significativamente
mal emitidos, el profesional en ejercicio deberá expresar una conclusión
con salvedad o una conclusión negativo; o;
(c) Cuando se descubre, después que el compromiso ha sido aceptado,
que los criterios no han sido apropiados o que el tema en cuestión no
es apropiado para un compromiso de aseguramiento. El profesional en ejercicio
deberá expresar:
- (i) Una conclusión con salvedad o una conclusión negativa o
inapropiada sobre el tema en cuestión, cuando éste pueda desorientar
a los usuarios objetivos; o
- (ii) Una conclusión con salvedad o una abstención de conclusión
en otros casos.
52. El profesional en ejercicio deberá expresar una conclusión
con salvedad, cuando el efecto de un asunto no es tan significativo o dominante
como para que sea necesario una conclusión negativa o una abstención
de conclusión. Una conclusión con salvedad se expresa como “excepto
por” los efectos del tema a los cuales dicha salvedad se refiere.
53. En aquellos casos, donde la conclusión sin salvedad del profesional
en ejercicio pudiera ser redactada en términos de la aseveración
de la parte responsable y que dicha aseveración haya identificado y descrito
apropiadamente que la información del tema en cuestión ha sido
significativamente mal expresada, el profesional en ejercicio deberá:
(a) Expresar una conclusión con salvedad o una conclusión negativa,
redactada directamente en términos del tema en cuestión y de los
criterios; o
(b) Si específicamente se requiere por los términos del compromiso,
redactar la conclusión en términos de la aseveración de
la parte responsable, que expresa una conclusión sin salvedad pero enfatiza
el tema haciendo referencia específicamente al informe de aseguramiento.
Otras Responsabilidades Sobre el Informe
54. El profesional en ejercicio deberá considerar otras responsabilidades
de información incluyendo lo apropiado de comunicar asuntos relevantes
al gobierno que surja del compromiso de aseguramiento con aquellos encargados
de la dirección.
55. En está NICA, “el gobierno”, describe el papel de las
personas a quienes se les ha confiado la supervisión, control y dirección
de la parte responsable,8 aquellos que tienen el compromiso del gobierno por
lo general es responsable de asegurar que una organización logre sus
objetivos y de informar a las partes interesantes. Si la parte comprometida
es diferente a la parte responsable no sería apropiado comunicarse directamente
con la parte responsable o con aquellos con el compromiso de gobierno sobre
la parte responsable.
56. En el presente NICA “los asuntos relevantes de interés para
el gobierno”, son aquellos que surgen del compromiso de aseguramiento
y donde la opinión del funcionario en ejercicio es tanto importante y
relevante para aquellos que tienen el cargo del gobierno. Los asuntos de gobierno
relevantes, incluyen solo aquellos asuntos que han llamado la atención
del funcionario en ejercicio mientras ejecutaba el compromiso de aseguramiento.
Si los términos del compromiso no lo requieren de manera específica,
el funcionario en ejercicio no se le puede pedir el diseño de procedimientos
para fines específicos de identificación de materiales de interés
para el gobierno.
Fecha Efectiva de Vigencia
57. Está NICA es efectiva para compromisos de aseguramiento cuyos informes
sean emitidos y fechados después del 1 de enero del 2005. La aplicación
anticipada es permitida.
Perspectiva del Sector público
1. Está NICA es aplicable a todos los contadores profesionales
del sector público quienes son independientes de la organización
para la cual están ejecutando el compromiso de aseguramiento. Cuando
los contadores profesionales en el sector público no son independientes
de la organización para la cual están ejecutando un compromiso
de aseguramiento, está NICA deberá aplicarse con referencia particular
a la orientación que se indican en los pies de nota 2 y 4
______________________________________
2 Las circunstancias del compromiso incluyen los términos del compromiso, ya sea que se trate de compromisos de seguramiento razonable o compromisos de aseguramiento limitado, las características del tema en discusión, los criterios que serán utilizados, las necesidades de los usuarios objetivo, las características relevantes de la parte interesada y su entorno y otros temas, por ejemplo los eventos, transacciones, condiciones y prácticas que puedan tener un efecto significativo en el compromiso.
3 Si un contador profesional no se encuentra en la práctica pública,
por ejemplo: un auditor interno, aplican las NICA’s y (a) su nforme deberá
mencionar al Marco de referencia de la NICA; y (b) si el contador profesional
u otros miembros del equipo de seguramiento y, cuando sea aplicable, el empleador
del contador profesional, no son independientes de la entidad con respecto l
compromiso de aseguramiento que va ha realizar, su informe deberá mencionar
claramente la falta de tal independencia y la naturaleza de las relaciones que
tiene con los clientes de aseguramiento. También el informe no deberá
incluir como título la palabra “independiente” y su distribución
y propósito será restringido a ciertos usuarios.
4 La NICC 1, “Control de Calidad para las Firmas que Realizan Trabajos de Auditoría y Revisión de Información Financiera Histórica, y Otros Compromisos de Aseguramiento y Servicios Afines” fue emitida en febrero de 2004. Se requiere que los sistemas de control de calidad en cumplimiento con la NICC 1 sean establecidos al 15 de junio de 2005.
5 Ver nota al pie Nº 2.
5 Mientras que el informe de aseguramiento pueda estar limitado cada vez que su uso es solo para usuarios objetivos especificados o para una finalidad específica, la ausencia de una restricción con respecto a un lector en particular o a una finalidad, no indica que se deberá proceder con una responsabilidad legal, presentada por el funcionario en ejercicio con relación al lector o por eso mismo, si se presentara una responsabilidad legal, dependerá de las circunstancias legales para cada caso y la jurisdicción relevante.
6 Referirse al párrafo 10 del Marco de referencia, para una explicación
sobre la diferencia entre un compromiso directo o un compromiso basado en aseveración
8 En muchos países los principios de gobierno se han desarrollado como punto de referencia para establecer un comportamiento de buen gobierno. Estos principios a menudo enfocan compañías que cotizan en bolsa; sin embargo también podrían servir para mejorar el gobierno en otras formas de organizaciones. No existe un modelo único de buen gobierno. Las estructuras de gobierno y prácticas varían de país a país.